La Condusef aseguró que crear la libranza con carácter de irrevocable es una medida que limita totalmente la posibilidad de que los usuarios cambien de institución o tipo de crédito.
El dictamen aprobado por la Cámara de Diputados sobre el crédito de nómina con cobranza delegada contiene vacíos e inconsistencias que deben solventarse para proteger al trabajador usuario de los créditos de nómina, advirtió la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
El organismo defensor aseguró que crear la libranza con carácter de irrevocable es una medida que limita totalmente la posibilidad de que los usuarios cambien de institución o tipo de crédito, si este no resulta conveniente, o bien, encuentran otro esquema de refinanciamiento más benéfico, independientemente de que la diferencia en tasas sea mucha o poca. “Desde la presentación del Dictamen en el Senado, hemos planteado consideraciones dirigidas a proteger los intereses de los trabajadores-usuarios de los créditos de nómina con cobranza delegada, que actualmente operan al margen de cualquier disposición”, reiteró la Condusef.
Además de que es contrario al principio de progresividad establecido en el artículo 1° Constitucional, en el cual se establece que los derechos no pueden limitarse, restringirse, eliminarse o desconocerse (regresividad) de forma alguna en perjuicio de los ciudadanos. Agregó que el sobreendeudamiento al que ha estado expuesta una parte considerable de los empleados del sector público a nivel federal, estatal y municipal, ha propiciado que un alto número de trabajadores reciban cantidades muy por debajo del nivel de subsistencia, lo que genera un severo problema social, de sobrevivencia, así como un total desinterés por las labores que se desempeñan en el servicio público.
En tanto, señaló que el Costo Anual Total (CAT) promedio que ofrecen las instituciones financieras denominadas Sociedades Financieras de Objeto Múltiple, Entidades No Reguladas (SOFOM, ENR), conocidas coloquialmente como “nomineras”, exceden las tasas de interés que por créditos de nómina o créditos personales ofrecen otros agentes del sistema financiero mexicano, por ejemplo, los bancos.
Toda vez que las “nomineras” han otorgado créditos a trabajadores cuyo riesgo crediticio es bajo, ya que la fuente de pago está garantizada a través del propio salario del trabajador, por lo que no se justifican las altas tasas de interés. “Finalmente, seremos respetuosos de las decisiones del Poder Legislativo, pero debemos señalar con claridad los serios inconvenientes y posibles afectaciones a la economía de los trabajadores, de autorizarse un esquema legal que, si bien regula, no lo hace de forma equitativa y salvaguardando el interés primordial de los usuarios de servicios financieros, en este caso la economía familiar de los trabajadores”.