Durante los últimos meses del 2021 las reclamaciones por posibles fraudes bancarios alcanzaron un total de 4 millones 209 mil, esto de acuerdo a datos otorgados por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros (Condusef).
De acuerdo con datos que dio la institución, BanCoppel, Banco Azteca, Citibanamex, Banorte y BBVA agruparon 68 por ciento de las reclamaciones por parte de sus clientes.
En total, los clientes reclamaron 21 mil 992 millones de pesos, de los cuales, los bancos devolvieron poco más de 6 mil millones de pesos.
Ante estas cifras las posibles quejas por fraude acaparan un 70 por ciento de todas las reclamaciones que se realizan contra los bancos en México.
Entre las causas de reclamación consideradas como posible fraude destacan la apertura de caja sin autorización, apertura de cuenta no solicitada ni autorizada por el usuario, cliente y/o socio, cargos no reconocidos, consumos no reconocidos, entre otros.
¿Qué se debe realizar en caso de ser víctima de algún fraude?
La Condusef, explica que lo primero que se debe realizar es la reclamación ante el banco, quien analizará el caso y determinará si procede o no el reclamo del cliente, para esto pueden transcurrir hasta 45 días.
Del mismo modo, se puede poner una queja ante la Condusef que también analizará el caso y mediará entre el banco y el cliente afectado.
Cabe recalcar que la Condusef por ley solamente tiene atribuciones para la conciliación y asesoría de los clientes que se hayan visto afectados por algún mal servicio en alguna institución financiera.
En tanto, también puede ofrecer defensoría legal gratuita siempre que existan elementos jurídicos suficientes y no se cuente con los medios económicos para contratar un abogado.
“Por otro lado, si el usuario decide promover un juicio ante los tribunales competentes con un abogado propio, en todos los casos quedará a su cargo cubrir los honorarios de éste o de los peritos y demás gastos que origine el juicio, así como las costas que, en su caso, deriven de resoluciones adversas emitidas por la autoridad jurisdiccional”, explica la Condusef.